entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y ella hará que haya fruto por tres años.
Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión otorgaréis rescate a la tierra.
Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.